Suspender o no suspender a Puigdemont ¿Es esa la cuestión?

Rajoy prepara un incidente de ejecución con los incumplimientos acumulados a las resoluciones del TC

Ernesto Ekaizer
3 min
Carles Puigdemont, durant la reunió del consell executiu

MadridEl Gobierno de Mariano Rajoy está preparando un nuevo “incidente de ejecución de sentencia” ante el Tribunal Constitucional –el mecanismo a través del cual se puede solicitar, la aplicación del artículo 92.4 b) de suspensión del president Carles Puigdemont y los miembros del Govern, o el envío de actuaciones al fiscal, para citar dos ejemplos- donde se apuntan los incumplimientos acumulados respecto a los autos y sentencias de dicho órgano jurisdiccional.

Pero, según fuentes consultadas, no existe consenso gubernamental sobre si es el momento para solicitar la suspensión de funciones de miembros del Govern, empezando por Puigdemont.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, explicó ayer en TVE que el Gobierno seguirá actuando como hasta ahora “con prudencia y proporcionalidad” frente al referéndum.

Catalá dijo que el 9-N-2014 es el “referente” y que ninguno de los cuatro condenados está en la cárcel porque el Código Penal es “proporcionado” y no prevé cárcel para el delito de desobediencia. Pero ocultó que la querella criminal de la Fiscalía contra los miembros del Govern por el decreto del referéndum incluye el delito de malversación –que no se aplicó a los querellados por la consulta del 9-N-, y que sí supone pena de prisión.

“Si llega el momento en en el que hay que activar mecanismos más intensos que los que se han llevado a cabo hasta ahora, el gobierno sabe cual es su responsabilidad”, explicó Catalá.

Fuentes jurídicas consultadas apuntan que lo que le pide el cuerpo, y algunos asesores, al gobierno sería presentar junto con la lista de incumplimientos a las resoluciones del TC –no solo los derivados de la recientemente impugnada ley de referéndum sino desde las que se arrastran desde 2015- la solicitud de aplicación de la medida de suspensión para uno o varios miembros del Govern.

Esta medida, tal como ha sido planteada por el TC cuando declaró constitucional, en 2016, la reforma del gobierno del Partido Popular, prevé la suspensión temporal en sus funciones de las autoridades, empleados públicos o particulares que incumplan las resoluciones del Tribunal. El objetivo declarado no es punitivo: castigar o sancionar. Lo que busca es conseguir que se cumplan las resoluciones.

Para ello el TC la aplicará, según la sentencia de noviembre de 2016, a la autoridad o empleado público “cuya suspensión resulte imprescindible para asegurar la ejecución de la resolución dictada”. Y “habrá de levantarse tan pronto como cese la voluntad incumplidora”.

En el TC, según ha sabido ARA, se señala que tras firmar el decreto de convocatoria, el Govern podría adoptar ahora una postura análoga a la que Artur Mas asumió el 9-N, a saber, que ya no continuó haciendo actos tras convocar la consulta, y que, ahora, el referéndum del 1-O reposaría en las estructuras creadas. Puigdemont, por ejemplo, ha declarado que desconoce detalles como si las urnas están preparadas.

En otros términos, que la suspensión de Puigdemont y de otros miembros del Govern no garantizaría el cumplimiento de las resoluciones hasta ahora incumplidas.

El TC fijará hoy mismo la atención sobre las Sindicaturas Electorales. El abogado del Estado ha solicitado al tribunal que requiera ahora sus resoluciones a las nuevos síndicos nombrados en las cuatro provincias. Al examinar la documentación, el TC cayó en la cuenta ayer que los miembros de la Sindicatura Electoral Central desoyeron la advertencia precisa de que no podían nombrar síndicos. Por tanto, en el pleno de hoy adoptarán medidas contra los cinco miembros de la Sindicatura Electoral central.

Un acto de incumplimiento directo de las resoluciones podría ser la carta firmada por Puigdemont y Junqueras en la que solicitaban locales para votar a los alcaldes. Fue enviada el jueves 7 de septiembre siendo que la ley fue aprobada por el Parlament la noche del miércoles 6, fue publicada en el Diario Oficial el jueves y el TC la suspendió ese mismo día.

Problema: esa carta lleva fecha 6 de septiembre. Es, por tanto, anterior a la suspensión y a los requerimientos del TC. La cautela a la hora de poner la fecha indica que cada acto del Govern es medido cuidadosamente. No se trata de poner la cabeza para que te la corten.

Ahora bien, desencadenar la medida de suspensión de autoridades, según otras fuentes consultadas, será un cálculo político que Rajoy deberá resolver tras sopesar las diferentes opiniones de la célula virtual de crisis que le asiste, integrada de manera informal, según las circunstancias, por Soraya Sáenz de Santamaría, Rafael Catalá, Juan Ignacio Zoido y un subsecretario cuyo valor cotiza al alza en La Moncloa.

En este cálculo, hay que asumir que una suspensión de funciones no resolvería el problema del incumplimiento de las resoluciones al tiempo que generalizaría la crisis política y la ruptura de la “proporcionalidad”, al tiempo que podría tensar la unanimidad monolítica actual dentro del TC.

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