El TC se reunirá el 16 de agosto para resolver el recurso de súplica de la Generalitat

Desestimará la parte sobre el abuso de Rajoy de los recursos de inconstitucionalidad, y no resolverá hasta dentro de cinco meses el fondo de la cuestión

Ernesto Ekaizer
3 min
La seu del Tribunal Constitucional, a Madrid.

MadridEl TC interrumpe sus vacaciones. El próximo miércoles, día 16 de agosto, ha sido convocado un pleno de los doce miembros para resolver el recurso de súplica interpuesto el 3 de agosto por la Generalitat contra la resolución del TC, de 31 de julio, que ha suspendido el artículo 135.2 del nuevo reglamento del Parlament, el que habilita la trámitación de leyes a través del mecanismo de lectura única a petición del partido promotor.

Fuentes consultadas por el ARA confirman que la Abogacía del Estado ya ha terminado sus alegaciones sobre el recurso de súplica de la Generalitat por lo que el TC puede abordar en pleno el examen del mismo. El recurso va dirigido contra la suspensión cautelar del artículo 135.2 habida cuenta de que solicita al alto tribunal "que se impida el abuso de derecho y la desviación de poder que resultan de la impugnación planteada”.

Según la Generalitat, el recurso del Gobierno de Rajoy “se funda no en la inconstitucionalidad del texto normativo impugnado, sino en la presunción de su futura aplicación a un supuesto determinado”. En román paladino: ante la posibilidad de que se utilice el mecanismo de lectura única para aprobar la proposición de ley del referéndum del 1 de octubre registrado en el Parlament por Junts pel Sí y la CUP el pasado 31 de julio.

El recurso de la Generalitat apunta también que hay otros Parlamentos o Asambleas cuyos procedimientos de lectura única [Congreso, Senado, Andalucía, Madrid, Murcia] similares al aprobado en Cataluña, no han sido objeto de impugnación por parte del Gobierno.

El pleno del próximo miércoles 16 desestimará la súplica en lo que se refiere a la aplicación del articulo 161.2 de la Constitución. Este precepto es una prerrogativa del Gobierno a la hora de presentar un recurso de inconstitucionalidad que funciona de manera automárica, administrativa, al ser admitido el recurso.

El TC abordará los asuntos de fondo -como la existencia del mecanismo de lectura única en otros parlamentos- al resolver el recurso a través de su sentencia, para lo que goza, según la ley, de un plazo de cinco meses.

Si bien el pleno convocado para el miércoles 16 se agosto tiene en cuenta el hecho de que se ha cumplido prácticamente con la tramitación de la súplica, alegaciones de la Abogacía del Estado mediante, no deja de llamar la atención la coincidencia de fecha, este año, con la reapertura del Parlament.

Fuentes consultadas señalan que el Gobierno, precisamente, ha metido prisa para acabar las alegaciones sobre la súplica al tiempo que Rajoy contempla, según ya anunció a primeros de agosto desde Ribadunia, Pontevedra, la posibilidad de celebrar para esas fechas de mediados de agosto una reunión extraordinaria del consejo de ministros.

El TC, por su parte, contempla la posibilidad, como ya ocurrió en diciembre de 2016, de que el Gobierno presente ante el tribunal en las citadas fechas un "incidente de ejecución" en el asunto del referéndum del 1-O, tanto si la Mesa del Parlament admite trámite la proposición de ley del referéndum por la vía del articulo 135.2 suspendido como para el caso de que utilice el también disponible procedimiento de urgencia.

Este "incidente de ejecución" se basaria en el hecho de que la Mesa al admitir a trámite la proposición de ley del referéndum violaría varias resoluciones del TC que prohiben los actos preparatorios.

El TC, en virtud del "incidente de ejecución" del Gobierno, admitido en diciembre pasado, en relación al proceso de desconexión, notificó personalmente la suspensión a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, así como a los demás miembros de la Mesa del Parlament, al secretario general del Parlamento de Cataluña, y al presidente y demás miembros del Consejo de Gobierno de la Generalitat.

Una resolución similar fue cursada por el TC el pasado 14 de febrero tras anular la resolución del Parlamento catalán que preveía la convocatoria de un referéndum sobre la independencia a lo largo del 2017.

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