Desnaturalización de la monarquía parlamentaria

Con su discurso, Felipe VI vulneró abiertamente la Constitución y actuó con deslealtad

Javier Pérez Royo
3 min
El rei Felip VI, durant el seu discurs

La Jefatura del Estado en las democracias parlamentarias europeas es una institución neutral tanto si es una legislatura con legitimación democrática, como ocurre en los Estados republicanos, como si es una magistratura hereditaria, carente por tanto de dicha legitimidad, como ocurre en los Estados monárquicos.

Esta exigencia de neutralidad es mucho más intensa, por razones obvias, en los segundos que en los primeros. La neutralidad de un Presidente de la República tiene que estar en primer lugar, prevista y desarrollada expresamente en la propia Constitución y tiene que ser confirmada, después, diariamente, mediante la cultura política propia de la democracia parlamentaria. El Presidente de la República no es neutral en su origen, pero debe serlo en su ejercicio. La ruptura de la neutralidad provoca inevitablemente una perturbación, mayor o menor dependiendo de las circunstancias en que se produzca dicha ruptura, pero perturbación siempre en el funcionamiento del sistema político.

El Monarca Parlamentario es neutral tanto en su origen como en su ejercicio. Al carecer de legitimidad democrática, no puede ser “poder” del Estado, ya que todas las constituciones democráticas europeas hacen descansar la soberanía en el pueblo y derivan de él los poderes del Estado. “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado”, dice el art. 1.2 CE. La pérdida de la neutralidad del Monarca parlamentario, en consecuencia, no puede no ser una vulneración de la Constitución por hacer algo que la Constitución no le permite o por ejercicio desviado de las funciones que tiene atribuidas. Supone la desnaturalización del Monarca parlamentario como órgano constitucional.

Exactamente esto es lo que ocurrió el martes pasado con el discurso televisado del Rey Felipe VI. La Constitución antepone el principio de legitimación democrática en el artículo 1.2, en los términos que hemos reproducido ya, al reconocimiento de la “Monarquía parlamentaria como forma política del Estado español”, que figura en el art. 1.3 CE: El art. 1.2 CE es el presupuesto del art. 1.3 CE.

El art. 1.2 CE veta expresamente que el Rey pueda intervenir en la vida política. Por muy compleja y difícil que sea la situación o, mejor dicho, cuanto más compleja y difícil sea la situación, menos se justifica la intervención de una magistratura hereditaria, carente de legitimidad democrática. El principio de legitimidad democrática es una regla que no admite excepción. La excepción es siempre contravención de la regla.

Esto es lo que hizo Felipe VI el pasado martes con su discurso televisado. Vulneró abiertamente la Constitución y actuó con una deslealtad insoportable respecto del poder constituyente del pueblo español, que no por casualidad había subordinado el reconocimiento de la Monarquía Parlamentaria en el art. 1.3 CE a la vigencia del principio de legitimación democrática del Estado en el art. 1.2 CE.

Si esta es la forma en que el Rey Felipe VI entiende el ejercicio de su función en la democracia española, tenemos un enorme problema. La intervención del Monarca Parlamentario en el proceso político es una perturbación insoportable para el sistema político democrático. Corroe la democracia y la acaba privando de contenido.

El argumento de que ha sido solo una vez no puede ser aceptado. El precedente en Derecho Constitucional no necesita la reiteración de un acontecimiento, como se exige en derecho privado, sino que un hecho individual puede constituirlo. La puerta que abrió el Rey el pasado martes puede ser letal para la democracia española. Más teniendo en cuenta el estado de salud en que se encuentra.

En este sentido, creo que sería oportuno que se convocara un referéndum sobre la Monarquía, en el que los ciudadanos españoles se pronunciaran, a la vista de la experiencia de la Monarquía Parlamentaria en estos cuarenta años, si debe continuar siendo o no la forma política del Estado español y, en el caso de que optaran por mantenerla, fijaran de manera inequívoca qué es lo que el Rey no puede hacer en ningún caso.

La experiencia histórica acumulada no nos permite depositar nuestra confianza en la Monarquía en general y en el Rey Felipe VI en particular. Lo ocurrido el martes pasado nos lo ha vuelto a recordar. Ya sabemos lo que ha sido la “Monarquía Española”, que así es como se la definió en todas las Constituciones históricas anteriores a la de 1931, y los cataclismos que dicha Monarquía ocasionó en nuestra convivencia. Es de suma importancia evitar que la Monarquía Parlamentaria pueda volver a las andadas.

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