ANÁLISIS

Grandes maniobras para no comunicar la sentencia y el fallo el 21 de mayo

Ante el retraso del voto particular de Hurtado se rechazó notificar solamente el fallo

Ernesto Ekaizer
3 min
Luis Bárcenas, extresorer del PP

MadridLa letrada de Administración de Justicia de la sección segunda de la Audiencia Nacional (encargada del caso Gürtel), Carmen Calvo, rechazó, ante el retraso del voto particular del magistrado Ángel Hurtado, notificar a las partes solamente el fallo (la parte dispositiva de la sentencia) el lunes 21 de mayo. Aunque la sentencia no se puede notificar sin el voto particular, la parte dispositiva puede comunicarse, sobre todo cuando existen, como en este caso, ocho absoluciones, según fuentes judiciales consultadas por ARA.

En su voto particular, la vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), miembro de la Comisión Permanente, Concha Sáez, con el apoyo del vocal Rafael Mozo, aporta una pista sobre cómo se ha montado la operación de exclusión del magistrado José Ricardo de Prada.

El magistrado elevó al CGPJ el viernes, día 18 de mayo, a las 9,38 horas, solicitud de habilitación (ver carta) para asistir a la vista de medidas cautelares. En ella señalaba “que con fecha 17 de mayo pasado por el tribunal se ha concluido la deliberación y emitido fallo, que se notificará a las partes el próximo el próximo día 21 de mayo, de la Sentencia…”.

A su vez, la letrada de Administración de Justicia (nueva denominación para el puesto de secretaria judicial) envió una carta al CGPJ para conocer qué magistrados integraban la sala que presidiría la vista de las medidas cautelares tras la sentencia Gürtel, convocada para el lunes 28 a las 10,30 horas.

He aquí la pista que aporta la vocal Sáez sobre el propuesta de “acuerdo” para impedir la participación de De Prada en la citada vista: “Cierto es que la propuesta trae causa de la comunicación de la letrada de la Administración de Justicia de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, de las dudas de esta sobre cuál haya de ser su composición para dicha vista [del lunes 28 de mayo]”.

Y añade: “Pero no lo es menos que el Acuerdo de la Comisión Permanente de 26 de abril daba plena solución a la incidencia suscitada en tanto que, insisto, la autorización comprendía el dictado de la sentencia, su posible aclaración, complemento e integración y, por supuesto, la adopción de las medidas cautelares que fueren precisas y que surgen como consecuencia y derivación directa e inmediatamente vinculada a la misma”.

Agrega, pues, cuál debía ser la respuesta a la carta de la letrada de Administración de Justicia. “El hecho de que se estableciera una fecha límite es más que de dudosa legalidad y constitucionalidad desde la perspectiva del derecho al juez natural sobre el que ya me he pronunciado, pero no admite discusión que la vista que motiva la propuesta se celebrará dentro del mes de mayo. Por consiguiente, la contestación de este órgano constitucional a lo planteado por la Sección Segunda de la Sala Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional no puede ser otra que nada hay que añadir a lo acordado el 26 de abril y, en consecuencia, que el magistrado De Prada sigue formando parte del mismo”.

Al retrasar su voto particular el magistrado Hurtado, previsto para el viernes, día 18 de mayo, los magistrados de la mayoría del tribunal solicitaron a Carmen Calvo que si bien no se podía comunicar la sentencia el lunes 21 (la sentencia incluye el voto particular) al menos se notificara el fallo o parte dispositiva de la sentencia, es decir, 44 folios que contienen el detalle de las condenas y las absoluciones. Cuando existen absoluciones, para no demorar más la comunicación, existen antecedentes en los que solamente se notifica el fallo y después, cuando se aporta el voto particular, se hace publica la sentencia.

La letrada Calvo se opuso categóricamente, según fuentes judiciales, a notificar al menos el fallo, habida cuenta de que el retraso del voto particular de Hurtado obligaba a aplazar la comunicación de la sentencia completa.

Rosalía Iglesias y Jesús Sepúlveda, prisión eludible con fianza

Rosalía Iglesias, con una condena de cárcel de 15 años y un mes, y Jesús Sepúlveda, ex alcalde de Pozuelo de Alarcón y ex senador, y ex marido de Ana Mato-, con una condena de cárcel de 14 años de prisión - el rostro del PP en la trama Gürtel- ingresaron ayer en la prisión de Soto del Real, al no abonar las fianzas de 200.000 y 100.00 euros respectivamente impuestos por la sala segunda de la Audiencia Nacional.

La solicitud para asistir a la vista
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