Los servicios del CGPJ proponen denegar al juez De Prada su participación en la vistilla de Gürtel

Fue uno de los participantes en la sentencia que condena el PP

Ernesto Ekaizer
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Les condemnes definitives de la primera branca del cas Gürtel

MadridEl jefe de Servicio de Personal Judicial, Javier Aguayo Mejía, ha elevado propuesta de “acuerdo” a la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para denegar la solicitud de asistencia del juez José Ricardo de Prada (en situación administrativa de servicios especiales en el tribunal de La Haya) a la vistilla convocada para esta misma mañana, día 28 de mayo, sobre la sentencia del caso Gürtel. En dicha audiencia el tribunal del caso resolverá la solicitud de medidas cautelares (prisión provisional y otras) por parte de la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares para 16 acusados condenados.

Según ha confirmado ARA, el informe, de tres folios, fue elaborado para que la Comisión Permanente resuelva sobre la solicitud del juez De Prada de participar en todos los actos posteriores a la sentencia: medidas cautelares, corrección de errores, y autos de aclaración. El informe sostiene que se habilitó a De Prada el pasado mes de abril –tras ser destinado en marzo a La Haya- “exclusivamente” para finalizar la sentencia.

El presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, convocó a los siete vocales de la Comisión Permanente la tarde el pasado viernes para adoptar una decisión sobre De Prada. Pero varios miembros se encontraban fuera de Madrid, dos de ellos en el exterior (en Cuba y Francia). Lesmes propuso entonces que se celebrase la reunión vía chat telefónico, a lo que, según fuentes consultadas por ARA, una de las vocales de la comisión permanente se opuso. Ello provocó la citación de una reunión para las 8,30 de este lunes, día 28.

Aguayo cita en su apoyo el artículo 256 de la ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), según el cual “cuando fuere trasladado o jubilado algún juez o magistrado deliberará, votará, redactará y firmará las sentencias, según proceda, en los pleitos a cuya vista hubiere asistido y que aún no se hubieren fallado…”.

En particular, sobre la participación en la vistilla del artículo 505 de la ley de Enjuiciamiento Criminal –petición de medidas cautelares-, el informe señala que la participación en el órgano sentenciador que ha de resolver las medidas cautelares no es subjetiva, es decir, personal, sino objetiva.

De Prada ha sido uno de los co-ponentes de la sentencia junto con el magistrado Julio de Diego y está a disposición del tribunal (se encuentra en Madrid) habida cuenta de que la sentencia se ha notificado entre el pasado viernes y hoy lunes; y que, además, la vistilla ha sido citada para hoy mismo, a las 10,30 horas.

La exclusión de De Prada supondría reemplazar a uno de los tres miembros del tribunal que que asistió durante trece meses al juicio oral y participó en la elaboración de la sentencia, de la que, por discrepancias con el magistrado ponente, Ángel Hurtado, terminó siendo co-ponente junto a De Diego. Previsiblemente le sustituiría la presidenta de la sección segunda de lo Penal, María José Rodríguez Dupla.

Se da la circunstancia de que, según fuentes del CGPJ, De Prada tiene permiso de la Comisión Permanente para participar en la sentencia Gürtel hasta el 31 de mayo, es decir, el próximo jueves. Sin embargo, el criterio de Aguayo es que solo para dictar la sentencia y no se prevé su presencia en actos posteriores, como la vistilla. Lesmes, si quiere excluir a De Prada, tendrá que hacerlo con una Comisión Permanente dividida, ya que tres vocales no le secundarán.

La vistilla citada para hoy lunes 28 cuenta con la presencia de 16 acusados condenados según petición de la Fiscalía Anticorrupción, entre los que destacan Luis Bárcenas (33 años, 4 meses de prisión) su esposa Rosalía Iglesias (15 años, 1 mes), Guillermo Ortega (38 años, 3 meses) Jesús Sepúlveda (14 años, 4 meses), José Luis Izquierdo (17 años, 7 meses), Isabel Jordán (14 años,10 meses).

La Fiscalía se orientaba a aplicar los criterios puestos en práctica por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, de febrero pasado en la sentencia Fitur-Gürtel, en la que se solicitó prisión provisional inmediata para penas de 9 años y superiores.

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