Por qué no se suspendieron las declaraciones del 2 de noviembre?

La juez Lamela rechazó la petición del abogado de Turull una vez empezado el interrogatorio

Ernesto Ekaizer
3 min
D'esquerra a dreta, Joaquim Forn, Raül Romeva, Jordi Turull i Josep Rull

MadridLa magistrada Carmen Lamela empieza su auto de prisión incondicional del 2 de noviembre dando respuesta “a las alegaciones efectuadas por todos los querellados quienes han señalado que no han tenido tiempo suficiente para estudiar la querella [117 folios] y preparar su defensa teniendo en cuenta el breve espacio transcurrido entre su citación y las declaraciones que han tenido lugar en el día de hoy [menos de 24 horas]….Los escritos presentados por algunas defensas interesando la suspensión de las declaraciones, han tenido entrada en ese juzgado durante la mañana del día de hoy conociendo esta instructora su contenido tras finalizas las declaraciones”.

El abogado de Oriol Junqueras, Andreu Van den Eynde, envió vía sistema Lexnet la noche del miércoles 1 de noviembre, a las 20.41 horas un escrito en el que pedía la suspensión de las declaraciones. Y en la mañana del día 2, jornada de las declaraciones, Van den Eynde quiso asegurarse enviando a un procurador y a un abogado a la secretaría del juzgado central de instrucción número 3 con una copia del escrito, que no fue aceptado

Jaume Alonso-Cuevillas, letrado en dicho acto de Josep Rull, Jordi Turull y Joaquín Forn, hizo ingresar por Lexnet un escrito por el que solicitaba la suspensión a las 9.05 horas de esa mañana del día de las declaraciones, 2 de noviembre. Si bien se le pasó plantear in voce ante la jueza, nada más comenzar las declaraciones, la propuesta de suspensión, lo hizo más tarde, con ocasión de la comparecencia de Jordi Turull.

En su recurso de apelación ante la sala segunda de lo Penal contra el auto de prisión, Daniel Pérez, abogado del bufete Martell Abogados, que ahora defiende al ex conseller Joaquín Forn, aborda este punto.

La magistrada “viene a manifestar que la defensa hizo dejadez de funciones en orden a solicitar la suspensión de la declaración de nuestro representado”.

Según el escrito “esa afirmación es radicalmente inexacta y existe rastro documental, incontestable, de que sí se intentó la suspensión de esa declaración de Joaquim Forn por ser materialmente imposible articular defensa a causa de la falta de tiempo con la que había sido citado”

Y enfatiza: “El auto recurrido pone el acento en que esa solicitud verbal de suspensión de las declaraciones se produjo una vez ya iniciada la primera declaración (la de Don Josep Rull) extremo que resulta irrelevante a los efectos de Joaquin Forn, pues Io definitivo para la defensa del mismo es que, en todo caso, se solicitó la suspensión de las declaraciones (también la de Don Joaquim Forn) antes de que empezara su declaración (con independencia de ser posible suspender una vez iniciado el acto, como sucede tantas veces en la práctica de testificales cuando se observa la posibilidad de autoincriminación sin garantías, interrupción-suspensión que se produce precisamente para evitar indefensión)”.

El hecho es que el magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, nada más recibir el escrito de solicitud de suspensión, la mañana del jueves 2 de noviembre, escuchó el argumento de la falta de preparación y pidió la opinión de la Fiscalía. La fiscal Consuelo Madrigal manifestó que no quería producir indefensión y que no se oponía a la suspensión de las declaraciones.

La posición de la fiscal había sido adoptada esa misma mañana en una reunión de los fiscales del Supremo con los fiscales de la Audiencia Nacional, quienes, a pesar de ser un punto de vista conjunto, no apoyaron la suspensión solicitada.

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