El TS decidirá la semana próxima sobre pruebas y si el juicio empieza el 5F

El auto que divide en dos la causa-Supremo y TSJC- ya es firme desde ayer

Ernesto Ekaizer
2 min
El Tribunal Suprem avala l'Audiència Nacional. ACN

MadridEl tribunal del juicio oral del 1-0 ya ha declarado firme la resolución que divide la causa entre presuntos rebeldes y malversadores; malversadores y desobedientes, todos ellos en el banquillo del Tribunal Supremo, y desobedientes, que serán juzgados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Los recursos de súplica han sido desestimados en un auto del 18 de enero notificado ayer. La única decisión pendiente: dar luz verde la semana próxima a las pruebas solicitadas por todas las partes y señalar la fecha. El martes 5 de febrero sigue siendo el día D y las 10 de la mañana la hora H, pero fuentes del Supremo admiten que es un calendario muy ajustado.

Los escritos con las pruebas solicitadas (documentales, periciales y testificales) superan los 1.000 folios. Y aunque el tribunal, según ya ha dejado saber, acogerá con un criterio amplio las propuestas, tendrá que hacer una selección.

Es la única tarea pendiente, pero el tribunal no puede anunciar el comienzo del juicio con solo un par de días de anticipación. Como mínimo debería fijar el señalamiento con una semana de plazo, lo que, incluso en caso de cumplirse, sería hacerlo deprisa y corriendo.

En su respuesta al recurso de súplica de la defensa de Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sánchez, contra la competencia del Supremo en el delito de rebelión, el tribunal precisa algunos aspectos sobre el tipo delictivo.

Según la defensa «...se supone que el lugar de comisión (...) debe radicar allí donde los supuestos rebeldes o sediciosos se hayan alzado violenta y públicamente».

El tribunal señala que de acuerdo con la descripción legal “en el delito de rebelión, cuando la finalidad perseguida sea la de «declarar la independencia de una parte del territorio nacional», aunque tal lesión no acaezca, el resultado al que ha de encaminarse afecta a las dos partes cuya unidad se pretende disolver, pues una y otra serían ya, de alcanzarse la lesión por efectividad del resultado, diversas en su identidad. Y tal disolución no es un efecto diferenciable ex post del resultado que se procura. Es el resultado mismo”.

No dedica el tribunal argumentos para rebatir la argumentación de la acusación popular de Vox. En su escrito, Javier Ortega Smith, secretario general de dicho partido, defiende el criterio del instructor Pablo Llarena y de la Fiscalía, según la cual la causa es “inescindible”, y señala que al dividir la causa se ha actuado “por un criterio de pura conveniencia olvidando otros más de fondo”.

El tribunal se remite a los argumentos ya expuestos en la resolución recurrida para desestimar la súplica.

Ayer la defensa de Sánchez elevó un nuevo escrito, esta vez dirigido al Tribunal Constitucional en el que insta a aplicar la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del 20 de noviembre de 2018 sobre el diputado kurdo Sehalattin Demirtas. Dicha sentencia ha sido objeto de debate en el TC el pasado miércoles 16 de enero en el recurso de amparo de Oriol Junqueras . El recurso será resuelto, previsiblemente, en el Pleno del próximo martes 29. Tras el recurso de Junqueras toca el turno a los de Sánchez y Jordi Cuixart.

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