The good fight, por Olga Tubau

El desmontaje de la sedición/desobediencia, primera parte

Ernesto Ekaizer
3 min
L'advocada de Josep Lluís Trapero, Olga Tubau, exposant el seu informe final al judici a l'Audiència Nacional

MadridLos aficionados a series de abogados como The good wife o The good fight ya tienen dos capítulos de una nueva serie, desde luego más apasionante. El del lunes 15 de junio y el que se anuncia este martes 16. Es el alegato que durará, en total, unas ocho horas, de la abogada Olga Tubau, en defensa del mayor Josep Lluís Trapero y la intendente de los Mossos d’Esquadra Teresa Laplana contra la acusación de delitos de sedición y desobediencia por los acontecimientos de septiembre y octubre de 2017.

Salvo para Mariano Rajoy es common ground -terreno común que ni acusación ni defensa disputan- que el referéndum del 1 de octubre se celebró.

Tubau estima, pues, que esa realidad puso de relieve el fracaso policial y político de las tres fuerzas policiales implicadas en la tarea de cumplir las órdenes del Tribunal Constitucional, la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y de la juez Mercedes Armas: Mossos, Guardia Civil y Policía Nacional.

Y la Guardia Civil, que fue socia de ese fracaso, se implicó a fondo en su función de policía judicial al servicio del juez Juan Antonio Ramírez Sunyer, la magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela y el magistrado Pablo Llarena del Tribunal Supremo, en un objetivo: culpabilizar del fracaso al mayor Trapero.

Se dice que se está enjuiciando a la cúpula de los Mossos. Falso. Solo a Trapero.

Ya de entrada Tubau desmontó cómo el autor del atestado policial, el teniente coronel de la Guardia Civil Daniel Baena, metió a Trapero en el pretendido comité ejecutivo independentista.

El 23 de septiembre de 2017, en un primer atestado, atribuyen a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart la condición de autores de un delito de sedición por la manifestación del 20 de septiembre en Rambla Cataluña 19-21.

Con la biblia Enfocats sobre la mesa -el presunto smoking gun que el Tribunal Supremo no cita una sola vez en su sentencia de 493 folios- Baena y sus agentes sitúan, el mismo 23 de septiembre, en un informe sobre el citado documento a Sànchez y Cuixart en el comité ejecutivo del proceso independentista. Ninguna mención a Trapero. Según declaró Baena en el juicio no había indicios de participación de Trapero.

El 27 de septiembre de 2017, la magistrada Lamela pide a la Guardia Civil un informe sobre las actuaciones de las fuerzas y cuerpos de seguridad el 20 de septiembre. Baena y su equipo entregan el segundo atestado el 5 de octubre y sostienen que el mayor Trapero “indudablemente forma parte del comité ejecutivo” que, según Enfocats, “debía liderar el proceso hacia la independencia”.

“Leánse el atestado”, le dice Tubau a los tres miembros del tribunal, con sus mascarillas puestas, “es que todo ello se dice sin ningún elemento nuevo respecto del informe del 23 de septiembre que pudiera avalar esta conclusión policial”.

La letrada se pregunta: “¿Qué ha pasaddo? ¿Cómo se ha podido pasar de una situación a otra?” Y razona: “Aquí, claro, ya se ha celebrado el referéndun ilegal. Pero no hay ningún elemento objetivo que permita vincular al mayor Trapero con Enfocats y con el plan que allí se menciona. Y se introduce una valoración subjetiva…”. La letrada señala que cuando le preguntó a Baena por qué puso esa conclusión el teniente coronel de forma arrogante contestó: “Porque nos pareció conveniente”. Pues hay que tomarle al pie de la letra: porque le dio la gana.

La letrada mostró cómo la prueba practicada en este juicio ha desmontado un hecho que se da como probado en la sentencia del procés, a saber, que los Mossos no enviaron efectivos en auxilio de la Guardia Civil el 20 de setiembre al Departamento de Economía, cuando sí se enviaron y ha quedado acreditado.

Y un incidente revelador: cómo las conclusiones definitivas de Fiscalía reproducían un párrafo de la sentencia del procés y no el hecho probado que daba la misma sentencia sobre la reunión del 28 de septiembre de 2017 entre los Mossos y Puigdemont, Junqueras y Forn. Porque va en contra de su teoría.

El hecho probado señala que los comisarios de los Mossos “propusieron expresamente la suspensión de la votación el 1 de octubre”.

El párrafo escogido por los fiscales, extractado de un apartado de la sentencia dedicado a Oriol Junqueras, señala que en la reunión del 28 los comisarios dijeron que cumplir el mandato judicial “hacía aconsejable -a juicio de los mandos policiales- la suspensión de la votación prevista para el 1 de octubre”.

La letrada ironizó: “Claro, es menos contundente aconsejar que proponer expresamente suspender la votación”.

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