¿Qué ha pasado con la euroorden contra Puigdemont?

Nunca debió de haberse dictado la medida de prisión provisional

Javier Pérez Royo
3 min

Sencillamente, que ante ningún juez en un Estado Democrático de Derecho digno de tal nombre se puede justificar en términos objetivos y razonables que el President y los demás miembros del Govern han cometido el delito de rebelión.

Esto y nada más que esto es lo que hay tras la decisión del juez Pablo Llarena de retirar la euroorden dictada en su día por la jueza de la Audiencia Nacional, a fin de que la justicia belga pusiera a disposición de la justicia española al president y los cuatro consejeros que se habían trasladado a Bruselas.

El juez Pablo Llarena ha comprendido que tanto él como la jueza Carmen Lamela iban a ser desautorizados de manera palmaria y ha dado marcha atrás. Con esa decisión el juez está reconociendo su incapacidad para persuadir a un juez independiente de que la querella por el delito de rebelión contra el president y los consejeros está justificada, es ajustada a derecho. Lo pongo en cursiva porque quiero subrayar que en ningún país civilizado una conducta como la de los miembros del Govern puede ser calificada de delito de rebelión. En ninguno.

En España tampoco. Hace unos días cien profesores de Derecho Penal de las distintas Facultades de Derecho de España hicieron público un escrito, en el que afirmaban de manera tajante que no había delito de rebelión, ni de sedición siquiera, en las conductas de los miembros del Govern. Esa es una opinión prácticamente unánime en la doctrina penal, procesal o constitucional española.

Me cuesta trabajo pensar que esa no sea también la opinión muy mayoritaria entre los jueces y magistrados que integran el poder judicial. No es posible que los jueces españoles consideren que es delito de rebelión algo que no pueden explicar ante sus colegas de los demás países europeos.

El Estado español es un Estado Democrático de Derecho, per la forma en que el Gobierno, la Fiscalía General del Estado y los dos máximos órganos judiciales del país, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, están haciendo frente al nacionalismo catalán no es la que corresponde a un tal Estado.

No es que se esté retorciendo la Ley, sino que se está desconociendo la ley. Y vuelvo a la cursiva porque la ley que define el delito de rebelión no puede ser nunca en una Democracia digna de tal nombre la Ley que están aplicando la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. Si España es una Democracia la Ley que regula el delito de rebelión no puede ser en este caso la que la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo están diciendo que es. Por eso ha tenido el juez Pablo Llarena que retirar la euroorden. Porque de mantenerla, se corría el riesgo de que la justicia belga pusiera en cuestión la naturaleza democrática del Estado español, no en general, pero sí en este caso concreto.

La retirada de la euroorden debería conducir inmediatamente a la revisión de la decisión de prisión dictada por el mismo juez hace dos días contra Oriol Junqueras, Joaquim Forn y los dos “Jordis”. Si no es capaz de defender ante un juez de un Estado Democrático que está justificada la querella por rebelión contra los miembros del Govern, ¿cómo puede mantener en prisión a unas personas acusadas de ese mismo delito?

Nunca debió de haberse dictado la medida de prisión provisional contra ninguno de los miembros del Govern, de la Mesa del Parlament o contra los presidentes de la ANC y de OMNIUM. La retirada de la euroorden viene a confirmarlo de manera inequívoca.

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