¡A buenas horas mangas verdes!

Ahora, en la fase del juicio oral, el TS quiere dar una apariencia de constitucionalidad

Javier Pérez Royo
3 min

Informa José Antonio Zarzalejos en la pieza con la que abre de manera destacada 'El Confidencial' su edición de hoy, 8 de enero, que el TS, convencido de que “Estrasburgo, cuando revise el caso,[...] se centrará [...] en si se han cumplido o no todas las garantías para salvaguardar los derechos de los procesados, es decir, si se han observado escrupulosamente el conjunto de garantías que connota un procedimiento penal como justo e imparcial”, será “muy amplio” en su criterio de admitir la pertinencia de las pruebas que se propongan por las defensas de los procesados.

Antes de llegar a Estrasburgo, habrá que pasar por el Tribunal Constitucional, que es el “órgano jurisdiccional superior [...] en materia de garantías constitucionales” (art. 123 CE), que en el relato de Zarzalejos no se menciona, porque me imagino que considerará que el recurso de amparo que necesariamente se tendrá que interponer antes de acudir al TEDH es un mero trámite carente de relevancia. ¡Hasta ese punto ha llegado el descrédito del TC!

Resulta patética la preocupación de la Sala del Tribunal Supremo por respetar los derechos de los procesados, después de haberse puesto por montera la Constitución durante toda la fase de instrucción del proceso. No cabe duda de que el TS, en la fase del juicio oral, va a intentar presentarse como el juez más garantista del mundo. Que nadie pueda elevar el más mínimo reproche a la rectitud e imparcialidad de nuestra conducta. Esa es su divisa en este momento.

Ahora, en la fase del juicio oral, el TS quiere dar una apariencia de constitucionalidad a lo que ha sido un proceso plagado de vulneración de derechos fundamentales en la fase instrucción.

Por muy escrupuloso que sea en el respeto de los derechos de los procesados durante el juicio oral, no va a poder hacer desaparecer las siguientes vulneraciones de derechos fundamentales durante la instrucción:

1. La vulneración del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley. Los procesados están aforados ante el TSJC y no ante el TS. El argumento con base en el cual el TS asume la competencia no es justificable con ninguna de las reglas de interpretación comúnmente aceptadas en el mundo del derecho.

2. La vulneración del derecho a la segunda instancia, consecuencia de la vulneración del derecho anterior. Es un argumento muy poderoso que viene a reforzar por qué el TS no puede haber interpretado la norma sobre su propia competencia de la forma en que lo ha hecho.

3. La retirada de la orden de detención y entrega contra Carles Puigdemont y otros ex-consellers después de que hubiera dictado su decisión sobre la misma el Tribunal Superior de Schleswig-Holstein, que cuestionaba la existencia de los delitos del rebelión y sedición. No se actúa penalmente contra el President del Govern y sí contra los ex-consellers. Con ello se ven afectados los derechos a la tutela judicial efectiva sin indefensión de todos ellos.

4. La vulneración del derecho a la imparcialidad del Magistrado Presidente tras la publicación del WhatsApp del senador Cossidó, que no es un columnista o un tertuliano, sino el presidente del grupo parlamentario del PP en el Senado, encargado de negociar la renovación del CGPJ, a la que el Juez Manuel Marchena había dado su consentimiento hasta que se hizo público el Whatsapp. La “apariencia de imparcialidad” del Presidente ha quedado definitivamente comprometida.

Ninguna de estas vulneraciones las va a poder hacer desaparecer el TS por muy escrupuloso que sea en el respeto de los derechos de los procesados durante el juicio oral. La sabiduría popular acuñó la expresión "¡A buenas horas mangas verdes!", para referirse a hechos que se producían o conductas que se activaban cuando ya no sirven para nada. Exactamente eso es lo que representa la patética preocupación del TS en este momento procesal por el respeto de los derechos de los procesados por el 1-0.

Después de haber aceptado la querella activada por la Fiscalía General del Estado por un delito como el de rebelión, de cuya existencia no ha sido capaz de convencer a ninguno de los jueces europeos a los que había que solicitar la extradición para poder proceder contra sus presuntos autores: Carles Puigdemont y varios ex-consellers, razón por la cual se ha decidido retirar una orden europea de detención y entrega, una vez que ya existía una decisión sobre la misma por el Tribunal Superior de Justicia de Schleswig-Holstein, algo que no se puede hacer y que no se ha hecho nunca hasta la fecha.

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