Las competencias de Cataluña en materia de universidades

Cataluña ha demostrado saber aprovechar el autogobierno para tenerun sistema universitario puntero

Josep Domingo Ferrer
4 min
Estudiants al paraninf de l'edici històric de la Universitat de Barcelona

El estado autonómico español define unas fronteras sinuosas y muy confusas entre las competencias que se transfieren a las autonomías y las que se reserva el poder central. Esto origina conflictos de competencias menudeados que acaba dirimiendo el Tribunal Constitucional. Según cuál sea la composición de este tribunal en cada momento, la balanza se inclina más o menos hacia la recentralización. Lo que tenemos, pues, es poco más que una descentralización administrativa donde todo es contingente y nada es seguro. Por el contrario, en un estado federal que se merezca este nombre, la delimitación de competencias entre la federación y los estados federados suele ser clara e irrevocable: en virtud del pacto federal, los estados federados tienen competencias realmente exclusivas que la federación no puede invadir. Incluso sin pacto federal puede haber un reparto claro del poder entre el gobierno central y los gobiernos subestatales: es el caso, por ejemplo, del Reino Unido, que ha optado por un sistema de devolución por el cual Londres cede gradualmente poder exclusivo en ciertos ámbitos a Escocia, Gales e Irlanda del Norte.

Si nos centramos en el mundo universitario y en Escocia, por ejemplo, nos encontramos con que el gobierno escocés puede hacer una política universitaria prácticamente independiente de la del resto del Reino Unido. En particular, las universidades escocesas ofrecen grados de cuatro años con matrícula gratuita, mientras que en Inglaterra los grados son de tres años y cuestan más de 10.000 € anuales. Por otro lado, el gobierno escocés es quien define el marco legal de las universidades del país. En cambio, en Catalunya las competencias de la Generalitat sobre el sistema universitario catalán se reducen a financiarlo y a regular los aspectos que el Estado no ha concretado. En efecto, la ley de universidades de Cataluña (LUC) en vigor, aprobada en 2003 bajo el impulso del conseller Mas-Colell, reguló aquello que la ley orgánica de universidades (LOU) española no desarrollaba. Al más puro estilo napoleónico, es Madrid quien elabora las directrices de los planes de estudios de los grados de todo el Estado y es la LOU quien establece cómo se tienen que gobernar las universidades y cómo tiene que ser la carrera del profesorado funcionario. Por suerte, la LOU no lo detalló todo, sino que abrió la puerta a una carrera de profesorado con contrato laboral (no funcionario) en unos términos un poco vagos. Aprovechando este margen, la Generalitat estructuró las categorías contractuales de profesorado lector (no permanente), profesorado agregado y profesorado catedrático contratado (permanente), y estableció la Agència de Qualitat del Sistema Universitari (AQU), que, entre otras cosas, evalúa si un determinado candidato tiene el currículum suficiente para optar a una de las categorías contractuales.

El despliegue de la LUC ha sido una historia de éxito. Dejando de lado que el sistema catalán de acreditación de la calidad ha estado en buena medida copiado por el propio Estado, las universidades catalanas son líderes dentro del Estado en todas las clasificaciones internacionales, si bien a escala internacional logran posiciones todavía modestas. En el llamado ranking de Shanghái, la UB y la UAB son las dos universidades del Estado más bien situadas, mientras que en el ranking Times Higher Education, la UPF, la UAB y la UB son las tres más bien situadas (a pesar de que solo ocupan las posiciones 152, 183 y 198 del mundo, respectivamente). Esta posición de liderazgo dentro del Estado no tiene una sola explicación, pero indudablemente tiene que ver en ello el gran peso del profesorado contratado en nuestras universidades, configurado según los mecanismos de la LUC y seleccionado siguiendo los estándares de excelencia internacionales, por ejemplo en el marco del Pla Serra Húnter.

Pues bien, de un tiempo a esta parte, el estado español prepara una ley del personal docente e investigador, que enmendará algunos artículos de la LOU. Inicialmente se dijo que se trataba de exportar el modelo catalán de profesorado a todo el Estado, pero los sucesivos borradores de esta ley más bien anulan el modelo catalán en Catalunya. El tercer borrador, que ha circulado a principios de octubre, regula el profesorado contratado con el mismo detalle y del mismo modo que el profesorado funcionario, cosa que deja la LUC en papel mojado en cuanto al profesorado. Además, el mecanismo de selección que se propone para todo el profesorado, tanto funcionario como contratado, se basa en elegir la mayoría de miembros de las comisiones de selección por sorteo en un registro estatal de miembros posibles. Esto es difícilmente compatible con una selección realmente internacionalizada del profesorado, como la que hacen las universidades catalanas desde 2013 en el marco del Pla Serra Húnter: en este plan, las comisiones suelen incluir dos o incluso tres miembros internacionales elegidos entre los profesores de más prestigio en la especialidad científica del contrato ofrecido. Por otro lado, el borrador también suprime el requisito de acreditación para la categoría no permanente de profesorado contratado. Como la gran mayoría de nuevos profesores empiezan por esta categoría, contratarlos sin acreditación equivale a incorporar la mayoría de profesorado sin el filtro de una agencia de calidad, y compromete la viabilidad del requisito de acreditación para las categorías permanentes: son previsibles las presiones para estabilizar como sea el profesorado no permanente que no consiga la acreditación para una categoría permanente.

Catalunya ha demostrado saber aprovechar el autogobierno para hacer un sistema universitario adalid dentro del Estado y bien situado en el mundo. Por lo tanto, la estrategia pragmática y racional del Estado tendría que ser no solo dejar hacer a la Generalitat, sino incluso darle el mismo poder que tiene Escocia y alentar a las otras autonomías a dar pasos en la misma dirección. Desgraciadamente, la reforma de la LOU que se está cociendo parece que va en sentido contrario. Sería bueno que se repensara.

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