ANALISIS
Misc 28/12/2019

La Fiscalía admite que el TJUE da "un salto cualitativo en la línea" de Puigdemont

Propone a la sala tercera del Supremo aplazar el contencioso o elevar la pregunta a Luxemburgo

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Ernesto Ekaizer
3 min
Comín i Puigdemont amb l’acreditació provisional.

El efecto dominó de las resoluciones Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 19 y 20 de diciembre sobre las inmunidades de Oriol Junqueras y de Carles Puigdemont y Toni Comín, respectivamente, es una realidad.

La Fiscalía de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha propuesto en su escrito de conclusiones suspender el procedimiento en curso en la Sala Tercera a raíz de un recurso de Carles Puigdemont y Toni Comín del pasado mes de julio.

En dicho recurso se cuestionaba la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de enviar al Parlamento Europeo la lista de los eurodiputados electos el 26 de mayo sin sus nombres por no haber cumplimentado el trámite de acatamiento de la Constitución (artículo 224.2 Ley Orgánica de Régimen Electoral General o LOREG)

La fiscalía propone la suspensión del procedimiento, que se encuentra en trámite de conclusiones, hasta que se resuelva en el TJUE un recurso prácticamente idéntico elevado por la defensa de Puigdemont y de Comín en julio pasado.

Pero, además, el escrito del fiscal, elevado a la sección cuarta de la Sala Tercera (Contencioso-Administrativo) del Supremo el pasado lunes 23 de diciembre, sugiere “alternativamente” elevar cuestión prejudicial al TJUE “en orden a aclarar si la exigencia de acatamiento de la Constitución que establece el artículo 224.2 de la LOREG es compatible -y en su caso, en qué condiciones o con qué requisitos y efectos- con el Derecho de la Unión”.

Según el escrito, el auto de 20 de diciembre de 2019 por el cual la vicepresidenta del TJUE, Rosario Silva Lapuerta, anuló una resolución del presidente del TJUE de julio pasado que rechazaba adoptar medidas cuatelares urgentes como pedían Puigdemont y Comín “introduce un salto cualitativo respecto de los razonamientos de la sentencia del día anterior al vincular de manera directa, en la línea que viene sosteniendo el recurrente en el presente procedimiento [Puigdemont], el sufragio universal y directo a nivel europeo con la inclusión en el procedimiento electoral de lo que el TJUE vuelve a denominar formalidad impuesta por el Derecho nacional”.

En otros términos, el debate de fondo que proyectaría el auto del TJUE del 20 de diciembre sobre Puigdemont y Comín -según sugiere la Fiscalía- se refiere a las consecuencias del sufragio universal europeo, donde la orientación se orienta hacia un papel cada vez más invisible de los Estados europeos.

El escrito señala que “el acto de acatamiento constitucional (o al menos el modo presencial en que la JEC entiende que debe llevarse a cabo) podría llegar a considerarse en orden a la aplicación de la normativa electoral europea, un impedimento para la efectiva adquisición de la condición de eurodiputado…”. Y enfatiza que “la mera proclamación de dicha condición de electootorgaría al interesado el derecho, sin necesidad de cumplir la “formalidad” posterior, a tomar posesión del escaño del Parlamento Europeo”.

El escrito señala, sin ambages, que la causa no puede ser resuelta en estos momentos. “Pues bien, teniendo en cuenta que la interpretación y aplicación del mencionado artículo 224.2 de la LOREG constituye precisamente el núcleo del debate jurídico objeto del presente procedimiento, esta Fiscalía considera que no es posible un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión [ser incluidos en la lista enviada al Parlamento Europeo] por la parte actora sin obtener previamente una respuesta clara a tales cuestiones”.

La Fiscalía propone pues suspender el procedimiento y alternativamente elevar cuestión prejudicial al TJUE o, si la Sala Tercera no estima estas iniciativas, desestimar el recurso de Puigdemont y Comín.

La sala cuarta que debe resolver está integrada por los magistrados Jorge Rodríguez-Zapata, Segundo Menéndez, Pablo María Lucas, Celsa Pico, Antonio Jesús Fonseca Herrero Raimundo. Cuando en esta sala se tratanactos o disposiciones procedentes del Congreso de los Diputados, del Senado, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas, del Defensor del Pueblo o del Consejo de Estado, o que afecten al Ministerio fiscal, la sección será presidida por el presidente de toda la Sala Tercera, Luis Díaz-Picazo.

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